(a) EN NINGÚN CASO EL VENDEDOR SERÁ RESPONSABLE DE DAÑOS CONSECUENTES, INDIRECTOS, INCIDENTALES, ESPECIALES, EJEMPLARES O PUNITIVOS, PÉRDIDA DE BENEFICIOS O INGRESOS, O DISMINUCIÓN DE VALOR, DERIVADOS DE O RELACIONADOS CON CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE ESTOS TÉRMINOS, INDEPENDIENTEMENTE DE SI LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS HA SIDO REVELADA CON ANTELACIÓN POR EL COMPRADOR O PODRÍA HABER SIDO RAZONABLEMENTE PREVISTA POR EL COMPRADOR, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL O EQUITATIVA (CONTRATO, RESPONSABILIDAD CIVIL O DE OTRA MANERA) EN LA QUE SE BASE LA RECLAMACIÓN, Y SIN PERJUICIO DEL FRACASO DE CUALQUIER REMEDIO ACORDADO U OTRO DE SU FINALIDAD ESENCIAL.
(b) EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD AGREGADA DEL VENDEDOR DERIVADA DE O RELACIONADA CON ESTE CONTRATO, YA SEA DERIVADA DE UN INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, RESPONSABILIDAD CIVIL (INCLUYENDO NEGLIGENCIA) U OTRO, EXCEDERÁ EL TOTAL DE LAS CANTIDADES PAGADAS AL VENDEDOR POR LOS BIENES VENDIDOS EN VIRTUD DEL MISMO.
(c) La limitación de responsabilidad establecida en la Sección 11(b) anterior no se aplicará a (i) la responsabilidad resultante de la negligencia grave o el comportamiento intencional del Vendedor y (ii) muerte o lesiones personales resultantes de los actos u omisiones del Vendedor.
(d) El Comprador indemnizará al Vendedor contra todas las acciones legales, reclamaciones, demandas, pérdidas (directas, indirectas, consecuentes u otras), gastos, costos, acciones y procedimientos (“Pérdidas”) sufridas por el Vendedor que surjan como resultado de un incumplimiento por parte del Comprador de cualquier disposición del Contrato o del incumplimiento del deber legal del Comprador o su negligencia o la negligencia de cualquiera de sus representantes. Si los Bienes van a ser fabricados por el Vendedor de acuerdo con una especificación presentada por el Comprador, el Comprador indemnizará al Vendedor contra todas las Pérdidas sufridas por el Vendedor en relación con cualquier reclamación de infracción de un tercero relacionada con dichos Bienes.
(e) El Comprador será responsable de proporcionar información confiable y precisa al Vendedor (incluyendo, sin limitación, dibujos, planes y diseños) para permitir que el Vendedor fabrique los Bienes. El Vendedor tendrá derecho a suponer que toda la información proporcionada por el Comprador es precisa, adecuada para el propósito para el cual se proporciona y que el Vendedor puede confiar en la misma. El Vendedor no será responsable de ninguna Pérdida o retraso en la entrega de los Bienes que surja directa o indirectamente de la omisión del Comprador de suministrar información precisa.